Al hablar de derechos de niñas, niños y adolescentes nos encontramos frente a un amplio campo jurídico–social, del cual apenas logramos garantizar, efectivamente, un mediano porcentaje de los mismos.
El Estado tiene como deber primordial, frente a los ciudadanos, y en especial a este grupo de atención prioritaria, garantizar los derechos a la alimentación, salud, educación, entre otros. En la práctica, el Estado y la sociedad, como el núcleo primario, que es la familia, mantienen desatinos en cuanto a la protección integral, principalmente, por factores económico-sociales, que inciden, de forma negativa, en el desarrollo holístico de las Niñas, Niños y Adolescentes (NNA).
Los derechos a la alimentación y a la salud se ligan directamente con el bienestar físico de las NNA. No obstante, observamos que el derecho a la salud, pese a consagrarse en la Constitución de la República del Ecuador, en su art. 32; en el Código de la Niñez y Adolescencia, en sus artículos 27 y 30; y, en la Convención de los Derechos del Niño, art. 24, en la praxis, no se cumple en su totalidad e integralidad.
Según los resultados de la encuesta “Una mirada al Derecho a la Salud de la Niñez y Adolescencia del Ecuador”[1], en la que se consultó a las niñas, niños y adolescentes sobre los problemas de salud que les afectan y si reciben o no la atención requerida, se aprecia que entre los nudos más críticos se encuentran las muertes infantiles, falta de vacunación oportuna, aumento de embarazo en adolescentes, entre otras problemáticas.
El documento también incluye a las niñas, niños y adolescentes con capacidades especiales o enfermedades catastróficas, quienes no cuentan con el completo apoyo, en relación con la atención especializada y acceso a medicinas, según sus requerimientos.
Estos problemas ocasionan que la tasa de mortalidad a tempranas edades se incremente, sobre todo, en las zonas más pobres del país, por el limitado o escaso ingreso económico, que limita su atención de forma particular. Esta realidad se presenta, sin contar con la situación de la salud mental, que no se atiende con la importancia que merece, ya que no se cuenta con centros especializados que brinden cuidado a las NNA, en las diferentes etapas o procesos de su desarrollo psico-emocional.
A través de las diferentes carteras o ministerios del Estados, por medio de programas de protección como “Misión Ternura”, promotor de lactancia materna o “Desayuno Escolar” que brindaba colación a las NNA escolarizados, se intenta contrarrestar las necesidades a nivel alimentario.
En la actualidad, el “Plan Intersectorial de Alimentación y Nutrición Ecuador 2018-2025”[2] ostenta una adecuada nutrición durante el ciclo de vida, con objetivos a mediano plazo, en un trabajo conjunto con otros sectores estratégicos. El seguimiento y continuidad de estos programas se afectaron por la pandemia y la limitada aproximación, en determinadas circunstancias, a los centros donde se brindan este tipo de alimentación básica.
En cuanto a la erradicación de la pobreza, se mantiene la deuda estatal.
Este factor, que tiene repercusiones profundas en el derecho alimentario, en razón de que impide el acceso a una alimentación nutritiva, que, a su vez, desencadena problemas mayores como desnutrición, explotación sexual o violencia, entre otros.
De igual forma, sobre el derecho a la educación, punto importante en el avance y desarrollo económico social de los pueblos, se verifica que el sistema y acceso a la educación siempre ha presentado limitantes para las niñas, niños y adolescentes, teniendo como referencia lo que regulan los arts. 28 y 29 de la Convención de los Derechos del Niño.
Varios factores económicos y sociales influyen en el ingreso y continuidad de los diferentes niveles de estudios, siendo, en mayor cantidad, las áreas rurales del país donde se evidencia esta problemática. En el Informe de Asistencia Técnica sobre la Situación de la Educación Rural en el Ecuador[3] se encuentra que las consecuencias directas de la pobreza son el analfabetismo y el abandono escolar, los dos ámbitos, por falta de recursos económicos.

Como se reflexiona, por su condición de mayor vulnerabilidad y no cobertura de necesidades básicas, son las zonas rurales las que tienen un mayor impacto negativo en el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescente. A este inconveniente se suma el hecho de que todavía se mantienen tradiciones erróneas, que, de paso, vulneran derechos. Entre muchos ejemplos podemos mencionar la integración al trabajo de campo a temprana edad, lo que impide un pleno acceso a la educación básica requerida, que permita un cambio generacional, en beneficio propio y de la sociedad en general.
El buen vivir implica no solo la garantía de los derechos nombrados, sino además, de derechos subjetivos como cuidado, atención integral, tanto de necesidades básicas como afectivas. En este tipo de garantías es, precisamente, el núcleo primario familiar el lugar donde se debe comenzar con el respeto de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Y es, justamente, en este espacio donde nos encontramos con vulneraciones de derechos de todo tipo, que van desde lo físico, sexual, hasta lo sicológico.
El ejercicio de una parentalidad efectiva y responsable implica que nosotros, como primeros cuidadores-protectores, debemos aprender a desaprender actitudes o métodos negativos con los que fuimos educados, a efectos de frenar ciclos nocivos y repetitivos transgeneracionales de ideas-costumbres que afecta a este grupo de atención prioritaria.
Ejemplo palpable de ello es la violencia. En algunos lugares se mantiene el viejo y errado paradigma de que la disciplina significa castigo físico, lo que repercute, de forma contraria, en el desarrollo holístico de las niñas, niños y adolescentes.
Ante estos escenarios surge entonces la interrogante de ¿cómo se puede garantizar efectivamente los derechos de las NNA si, pese a la existencia de normas (Convención de los Derechos del Niño, Declaración de los Derechos del Niño, Constitución del Ecuador, Código de la Niñez, entre otros), en la práctica, dista mucho de ese ideal que debería ser la protección integral y promoción de los derechos de este grupo importante? Es allí donde debemos propender a la creación de las condiciones que permitan proteger, respetar, restituir, pero, sobre todo, garantizar el ejercicio positivo de sus derechos, siendo el Estado el que adopte las medidas necesarias para la creación, fortalecimiento y promoción de las políticas públicas, que respalden el actuar de las diferentes instituciones administrativas y judiciales para la ejecución de las mismas.
Sin embargo, como hemos analizado brevemente, esta pretensión no es suficiente. Como parte activa interviniente en la defensa de derechos de este grupo de atención prioritaria, nos corresponde garantizar un acceso efectivo a la justicia, propendiendo que los procesos sean ágiles, accesibles y oportunos, tanto en defensa, como en la restitución de sus derechos.
Para lograr que se cumplan a cabalidad estos objetivos y que se apeguen a la realidad, es preciso mencionar lo que ordena el art. 60 del Código de la Niñez y Adolescencia, respecto de su derecho a ser consultados en todos los asuntos que les afectan, cuya opinión se tendrá en cuenta en la medida de su madurez y edad. Frente a la vulneración de derechos, sobre todo, se debe, entonces, considerar la opinión de las niñas, niños y adolescentes por ser el partícipe directo del hecho y por el cual se debe precautelar la protección y restitución del derecho vulnerado.
Estas garantías surtirán un verdadero cambio cuando sean, precisamente, las niñas, niños y adolescentes quienes sean los principales actores en el ejercicio efectivo de sus derechos. Las limitantes en cuanto a la legitimación activa, dentro de los diferentes procesos, tanto administrativos, como judiciales, así como la falta de atención y/o capacitación especializada en niñez, en ocasiones, es la causa para que se mantenga la transgresión de sus derechos.
Es importante realizar campañas de concientización y socialización de sus derechos, de forma conjunta, con las diferentes instituciones, que, desde su campo de acción, son partícipes de la protección de derechos. Estas iniciativas permitirán visibilizar a este grupo de atención prioritaria, permitiendo que, acorde con su edad y/o madurez, de forma accesible y en lenguaje adecuado, se les brinde las herramientas para el acceso a la justicia, cuando sean ellos los que denuncien la vulneración sufrida.
De forma especial, cuando sean víctimas de cualquier tipo de violencia, se debe implementar eficaces medidas de protección a su favor, con el propósito de que no se quebranten aún más sus derechos y sientan la seguridad de que serán resarcidos, evitando revictimizaciones e impunidades, que puedan amilanar el ánimo y la estabilidad sicosocial de la niña, niños y adolescente. De esta forma, de manera integral y urgente debemos apuntar a una verdadera transformación generacional, que cambie paradigmas en cuanto al respeto, garantía y ejercicio efectivo que deben tener las niñas, niños y adolescentes, por parte del Estado, la sociedad y la familia.
[1] Niñez y Adolescencia presentó la Encuesta Adolescente: ¿Qué Onda con nuestro Derecho a la Salud? Consultado el 23 de agosto de 2021, en https://www.igualdad.gob.ec/ninez-yadolescencia-presento-encuesta-adolescente-que-onda-con-nuestro-derecho-a-la-salud/.
[2] Ministerio de Salud Pública del Ecuador (2018), Plan Intersectorial de Alimentación y Nutrición 20182025: Viceministerio de Gobernanza de la Salud Pública. Quito, Ecuador.
[3] Calderón Contreras A. (2015), documento de Trabajo Nº 5 | Serie Informes de Asistencia Técnica, Junio, https://www.rimisp.org/wpcontent/files_mf/1439406281ATInformeTecnicoSituaciondelaEducacionruralenEcuado.pdf
Janeth Posligua Aveiga
Ecuador
Abogada
Magíster en Derecho de Familia
Defensora Pública de Guayaquil